LOS ÁRBITROS DE LA CONTIENDA ELECTORAL
"FIEL DE LA BALANZA"

Las contiendas, litigios y competencias encuentran su civilidad y validez en la mediación y probidad que se le dispense a los intereses en disputa, la importancia entonces de tener un juez que no sea parte y que este ajeno a preferencias, es de suma importancia para el correcto desahogo de un proceso, en este caso el electoral.
Lejanos quedan aquellos tiempos en que la potestad divina del rey era la única explicación para las regencias y virreinatos, concesión dada solo a los nobles de cuna que fueran cercanos a la corte y para los cuales solo mediaba mandato divino como única justificación de su encargo.
Aun en los primeros gobiernos republicanos, el factor religioso se encuentra muy presente, pues las primeras representaciones civiles estaban por demás ligadas a la iglesia católica, tal es el caso de los representantes parroquiales de las provincias en los tiempos de la constitución de cadiz, herencia de la organización novohispana de un México incipiente.
Desde entonces ya en nuestra cultura entendemos el profundo desapego a decisiones que se consideraban ajenas, la herencia mestiza condicionaba a suponer que para el arbitrio de las decisiones representativas de nuestra comunidad tenia que ser dirigido por alguien investido de lo que consideraban una mayor personalidad o respeto, como el que se inculco en la conquista hacia la clase eclesiástica por medio de la fuerza.
Con el estado reformista del presidente Juarez se tomo conciencia de los asuntos civiles y de la independencia de los asuntos religiosos, vigorizando la responsabilidad cívica por sobre el sometimiento tácito y religioso, dejaron de ser los parrocos y las intendencias virreinales, para darle paso a un Estado rector de la vida política del país.
Con el transcurrir de casi dos siglos el entramado jurídico y administrativo ha evolucionado de manera radical, hoy en día prevalecen instituciones que cada vez más cosechan autonomía y tecnicidad en sus funciones de manera objetiva e imparcial; sin necesidad de golpes de estado o conflictos armados México a logrado transitar en una democracia que se va perfeccionando a si misma, a riesgo (en ocasiones) de sobre regular la esencia misma de la contienda electoral.
Pasamos de un Estado con un partido predominante y con un control central de la autoridad electoral desde la Secretaria de Gobernación, a uno plural por demás representativo y con una autoridad electoral cada vez mas especializada.
En las Entidades Federativas se supone que la democracia y la especialización electoral seguían el mismo rumbo de profesionalización e independencia, sin embargo sería miope pasar por alto que en algunos casos la proximidad e influencia de los gobiernos estatales, rodeaban de suspicacia e incertidumbre la verdadera autonomía de los Institutos Electorales, mas aún cuando los congresos estatales o incluso en algunos casos el Gobernador, formulaban propuestas o ejercían poder de veto.
Por lo anterior, la reforma constitucional en materia electoral del 2014, centraliza y profesionaliza aun mas la actividad electoral en nuestro país, dotando al Instituto Nacional Electoral de una clara facultad de vigilancia y dirección de las elecciones en todo el país y en todos los ordenes de gobierno, así como en la integración y funcionamiento de los institutos electorales locales ahora conocidos como OPLES (Organismos Publicos Locales Electorales).
En próximos días el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato estará por designar a 46 consejos electorales municipales y 22 distritales, mismos que estarán integrados de manera colegiada y que desempeñaran las veces de árbitro electoral para los comicios venideros del 2018.
El proceso electoral ya arranco y una de sus primeras definiciones relevantes, es la objetividad, equilibrio y representación ciudadana de dichos cuerpos colegiados y a propósito de esta fundamental acción que esta por dirimirse, me propongo con toda intención hacer el siguiente planteamiento:
En el nombramiento de estos funcionarios ¿que debe de prevalecer en sus nombramientos?, la especialización electoral o su representación ciudadana.
La ley establece como requisito para concursar en este proceso el tener experiencia electoral, lo cual resulta razonable pues al final de cuentas se va a administrar una elección, pero a fuerza de ser sincero resulta también una limitante para la inclusión de perfiles ciudadanos que se han mantenido lejanos por razones profesionales y/o de oficio.
Se ha formado en la ultimas décadas una élite profesional en el tema electoral sin que estén vinculadas con los partidos políticos, actualmente en el Instituto Electoral de Guanajuato trabajan al rededor de 200 personas de manera ordinaria, lo anterior producto del avance democrático y de la especialización que en supralineas hemos referido, muchos de los cuales llegado el momento electoral se convierten en órganos colegiados para desahogar la elección que corresponda, incluso ahora con motivo de la reforma del presente año, de manera automática los funcionarios de las juntas ejecutivas del estado (15 en las principales ciudades) automáticamente se convierten en consejos electorales previo acuerdo del Instituto Electoral.
Mayor experiencia y tecnicidad en sus funciones no necesariamente significa mayor objetividad e imparcialidad, ya en estos tiempos no podemos darnos el lujo de confundir los blasones académicos y burocráticos con la independencia y autonomía que se demanda, basta con recordar que en la historia electoral de Guanajuato tuvimos ya un ex consejero presidente que a la postre se convirtió en diputado federal plurinominal por el partido gobernante y que a la postre busco candidaturas en los dos principales partidos políticos de la entidad, también hubo aquel que en la brevedad del plazo se convirtió en asesor y abogado del partido en el gobierno, no quiere decir que ambos casos estén mal o que se les pueda acusar de algo, pero las suspicacias resultan obvias.
Estoy cierto de que debemos de aspirar a que la participación ciudadana no se limite por cuestiones de experiencia y trayectoria, seguramente agradeceríamos que los consejos electorales estén plagados de perfiles como: el doctor que atiende y receta a todo el pueblo, el respetado maestro o director de la escuela de la comunidad, la presidenta del comité de colonos que por todos es considerada o la directora del dispensario o asociación civil de la región, es decir autentica representación ciudadana que no se estacione solo en los colegios de profesionistas o cámaras empresariales que en ocasiones resultan con mas intereses que los propios contendientes.
Es de agradecerse la profesionalización y expertiz que la actividad electoral ha alcanzado y que debemos de reconocer, pero que ello no implique la marginación de una autentica y genuina representación ciudadana que valide y acompañe los resultados de manera objetiva, so pena de faltarle al objeto mismo para lo que fue creada la autoridad electoral.
LOS ÁRBITROS DE LA CONTIENDA ELECTORAL

En las Entidades Federativas se supone que la democracia y la especialización electoral seguían el mismo rumbo de profesionalización e independencia, sin embargo sería miope pasar por alto que en algunos casos la proximidad e influencia de los gobiernos estatales, rodeaban de suspicacia e incertidumbre la verdadera autonomía de los Institutos Electorales, mas aún cuando los congresos estatales o incluso en algunos casos el Gobernador, formulaban propuestas o ejercían poder de veto.
Por lo anterior, la reforma constitucional en materia electoral del 2014, centraliza y profesionaliza aun mas la actividad electoral en nuestro país, dotando al Instituto Nacional Electoral de una clara facultad de vigilancia y dirección de las elecciones en todo el país y en todos los ordenes de gobierno, así como en la integración y funcionamiento de los institutos electorales locales ahora conocidos como OPLES (Organismos Publicos Locales Electorales).
En próximos días el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato estará por designar a 46 consejos electorales municipales y 22 distritales, mismos que estarán integrados de manera colegiada y que desempeñaran las veces de árbitro electoral para los comicios venideros del 2018.
El proceso electoral ya arranco y una de sus primeras definiciones relevantes, es la objetividad, equilibrio y representación ciudadana de dichos cuerpos colegiados y a propósito de esta fundamental acción que esta por dirimirse, me propongo con toda intención hacer el siguiente planteamiento:
En el nombramiento de estos funcionarios ¿que debe de prevalecer en sus nombramientos?, la especialización electoral o su representación ciudadana.
La ley establece como requisito para concursar en este proceso el tener experiencia electoral, lo cual resulta razonable pues al final de cuentas se va a administrar una elección, pero a fuerza de ser sincero resulta también una limitante para la inclusión de perfiles ciudadanos que se han mantenido lejanos por razones profesionales y/o de oficio.
Se ha formado en la ultimas décadas una élite profesional en el tema electoral sin que estén vinculadas con los partidos políticos, actualmente en el Instituto Electoral de Guanajuato trabajan al rededor de 200 personas de manera ordinaria, lo anterior producto del avance democrático y de la especialización que en supralineas hemos referido, muchos de los cuales llegado el momento electoral se convierten en órganos colegiados para desahogar la elección que corresponda, incluso ahora con motivo de la reforma del presente año, de manera automática los funcionarios de las juntas ejecutivas del estado (15 en las principales ciudades) automáticamente se convierten en consejos electorales previo acuerdo del Instituto Electoral.
Mayor experiencia y tecnicidad en sus funciones no necesariamente significa mayor objetividad e imparcialidad, ya en estos tiempos no podemos darnos el lujo de confundir los blasones académicos y burocráticos con la independencia y autonomía que se demanda, basta con recordar que en la historia electoral de Guanajuato tuvimos ya un ex consejero presidente que a la postre se convirtió en diputado federal plurinominal por el partido gobernante y que a la postre busco candidaturas en los dos principales partidos políticos de la entidad, también hubo aquel que en la brevedad del plazo se convirtió en asesor y abogado del partido en el gobierno, no quiere decir que ambos casos estén mal o que se les pueda acusar de algo, pero las suspicacias resultan obvias.
Estoy cierto de que debemos de aspirar a que la participación ciudadana no se limite por cuestiones de experiencia y trayectoria, seguramente agradeceríamos que los consejos electorales estén plagados de perfiles como: el doctor que atiende y receta a todo el pueblo, el respetado maestro o director de la escuela de la comunidad, la presidenta del comité de colonos que por todos es considerada o la directora del dispensario o asociación civil de la región, es decir autentica representación ciudadana que no se estacione solo en los colegios de profesionistas o cámaras empresariales que en ocasiones resultan con mas intereses que los propios contendientes.
Es de agradecerse la profesionalización y expertiz que la actividad electoral ha alcanzado y que debemos de reconocer, pero que ello no implique la marginación de una autentica y genuina representación ciudadana que valide y acompañe los resultados de manera objetiva, so pena de faltarle al objeto mismo para lo que fue creada la autoridad electoral.
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